PLAN INSTITUCIONAL DE RETORNO PROGRESIVO Y SEGURO A LAS ACTIVIDADES LABORALES PRESENCIALES EN LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE CHIMBORAZO

Proceso de Apoyo:

Gestión Administrativa

Gestión de Administración del Talento Humano

Gestión Integral de Riesgos, Seguridad, Ambiente y Salud en el trabajo.

Gestión del Servicio Integrado de Salud Universitaria

Fecha: Riobamba, 06 de septiembre de 2021

 

ANTECEDENTES

Acuerdo Ministerial Nro. 00126-2020, de 11 de marzo de 2020,

Acuerdo Interministerial Nro. 0000001, de 12 de marzo de 2020,

Acuerdo Ministerial Nro. MDT-2020-076, de 12 de marzo de 2020,

Guía y plan general para el retorno progresivo a las actividades laborales MTT6-003 de 2020,

Acuerdo Ministerial Nro. MDT-2020-094, de fecha 03 de mayo de 2020,

Decreto Ejecutivo Nro. 1052, de 15 de mayo de 2020,

Decreto Ejecutivo No. 1074, de 15 de junio de 2020,

Decreto Ejecutivo No. 1126, de 14 de agosto de 2020

Resolución Nro. 014-CU-UNACH-DESN-30-03-2020,

Resolución Nro. 0135-CU-DESN-17-09-2020,

Acuerdo Ministerial Nro. MDT-2020-094,

Acuerdo Ministerial Nro. AC-00003-2021

Guía y Plan General para el Retorno Progresivo y Seguro a las Actividades Laborales Presenciales Nro. MTT6-003, Versión 7.0

ACUERDO MINISTERIAL Nro. MDT-2021-215 DIRECTRICES PARA EL RETORNO PROGRESIVO Y SEGURO A LAS ACTIVIDADES LABORALES PRESENCIALES EN EL SECTOR PÚBLICO,

Constitución de la República del Ecuador.

Código del Trabajo.

Ley Orgánica de Servicio Publico

Ley Orgánica de Servicio Público (Disposiciones reformatorias)

Decreto Ejecutivo 2393 REGLAMENTO DE SEGURIDAD Y SALUD DE LOS TRABAJADORES Y MEJORAMIENTO DEL MEDIO AMBIENTE DE TRABAJO

ACUERDO MINISTERIAL Nro. MDT-2020-181- DIRECTRICES PARA LA APLICACIÓN DEL TELETRABAJO EN EL CÓDIGO DEL TRABAJO, CONFORME LO ESTABLECIDO EN LA LEY ORGÁNICA DE APOYO HUMANITARIO PARA COMBATIR LA CRISIS SANITARIA DERIVADA DEL COVID-19

Acuerdo ministerial Nro. MDT-2021-215, DIRECTRICES PARA EL RETORNO PROGRESIVO Y SEGURO A LAS ACTIVIDADES LABORALES PRESENCIALES EN EL SECTOR PÚBLICO

Resolución Nro. MDT-2020-023 – Ministerio del Trabajo

Guía y Plan General para el Retorno Progresivo y Seguro a las Actividades Laborales Presenciales

RESOLUCIÓN No. 0088-CU-UNACH-DESN-16-04-2021 – PROTOCOLO DE RETORNO LABORAL PROGRESIVO

RESOLUCIÓN No. 0093-CU-UNACH-DESN-21-04-2021 – RESOLUCIONES DEL COE NACIONAL Y CANTONAL

JUSTIFICACIÓN

La necesidad de retorno progresivo para la ejecución de actividades presenciales, especialmente aquellas que por su naturaleza no es posible realizarlas mediante teletrabajo y otras cuyos procesos demandan una interrelación directa de los actores en la institución, demandan el establecimiento de directrices que permitan el retorno progresivo y seguro a las actividades laborales presenciales en la Universidad Nacional de Chimborazo.

Adicionalmente se considera el cumplimiento de las disposiciones legales, particularmente, las establecidas mediante Acuerdo Ministerial MDT-2021-215, de 9 de julio del año 2021, cuyo artículo 4 dispone : “Art. 4.- De la potestad de las máximas autoridades o de sus delegados.- Las máximas autoridades o sus delegados tendrán la potestad de determinar qué servidores públicos o trabajadores, inmunizados o no, deberán laborar presencialmente, siempre que no se contraponga a las disposiciones establecidas en la Guía y Plan General para el Retorno Progresivo y Seguro a las Actividades Laborales Presenciales Nro. MTT6-003, Versión 7.0, del 29 de junio de 2021, aprobada por el Comité de Operaciones de Emergencia Nacional (COE-N), y al presente Acuerdo Ministerial.”

OBJETIVOS

3.1 General:

Establecer directrices para el retorno progresivo y seguro a las actividades presenciales de trabajo, que permitan reducir el riesgo de contagio de la COVID-19, en los servidores, trabajadores, clientes y usuarios de la Universidad Nacional de Chimborazo.

3..2 Específicos:

Difundir a la comunidad universitaria el PLAN INSTITUCIONAL DE RETORNO PROGRESIVO Y SEGURO A LAS ACTIVIDADES LABORALES PRESENCIALES EN LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE CHIMBORAZO, para conocimiento y puesta en práctica de medidas preventivas de bioseguridad frente al riesgo de contagio por coronavirus – SARS COV 2, en el personal de la Universidad Nacional de Chimborazo.

Incrementar la productividad administrativa y de servicios con la incorporación presencial progresiva y segura de los funcionarios a la institución, para el integral desarrollo del portafolio de productos y servicios de cada macroproceso institucional.

Establecer los procedimientos para la atención de salud preventiva, de seguimiento y control por parte del Servicio Integrado de Salud Universitaria y salud ocupacional.

Exhortar a los miembros de la Comunidad Universitaria sobre el compromiso y corresponsabilidad para reducir el riesgo de contagio de la COVID-19, con el cumplimento de las medidas establecidas en el Plan Institucional de Retorno Progresivo y Seguro a las Actividades Laborales Presenciales en la Universidad Nacional de Chimborazo.

ALCANCE

El presente plan es de aplicación obligatoria para el personal administrativo regido por la Ley Orgánica del Servicio Público, trabajadores amparados por el Código del Trabajo, personal académico que realiza funciones administrativas y personal de apoyo académico. El personal académico en general y estudiantes para el retorno a las actividades presenciales se rigen por las políticas establecidas por los organismos externos o el máximo organismo colegiado institucional.

CONSIDERACIONES INICIALES

5.1. Atribuciones de la dependencia en la norma legal:

Estatuto institucional

Dirección de Administración de Talento Humano

Art. 80.- Deberes y atribuciones de la Dirección de Administración del Talento Humano. – Son Deberes y atribuciones de la Dirección de Administración del Talento Humano:

  1. Proponer al Vicerrectorado Administrativo las políticas, procedimientos, prácticas y directrices de los procesos a su cargo;

Todos los Deberes y Atribuciones de la Dirección de Administración de Talento Humano citadas en el Art. 88 del ROGOP.

Coordinación de Gestión Integral de Riesgos, Seguridad, Ambiente y Salud en el Trabajo:

Art. 86.-Deberes y atribuciones de la Coordinación de Gestión Integral de Riesgos, Seguridad, Ambiente y Salud en el Trabajo. – Son Deberes y atribuciones de la Coordinación de Gestión Integral de Riesgos, Seguridad, Ambiente y Salud en el Trabajo:

  1. Proponer al Rector y al Vicerrector Administrativo, las políticas, procedimientos, prácticas y directrices de los procesos a su cargo

Todos los Deberes y Atribuciones de la Coordinación de Gestión Integral de Riesgos, Seguridad, Ambiente y Salud en el Trabajo citadas en el Art. 94 del ROGOP.

Dirección Administrativa:

Art. 98.- Deberes y atribuciones de la Dirección Administrativa. – Son Deberes y atribuciones de la Dirección Administrativa.

  1. Proponer al Vicerrectorado Administrativo las políticas, procedimientos y directrices para el desarrollo de los procesos y unidades a su cargo.

Todos los Deberes y Atribuciones de Dirección Administrativa citadas en el Art. 106 del ROGOP

Coordinación de Gestión del Servicio Integrado de Salud Universitaria.

Art. 113.- Deberes y atribuciones de la Coordinación de Gestión del Servicio Integrado de Salud Universitaria. – Son deberes y atribuciones de la Coordinación de Gestión del Servicio Integrado de Salud Universitaria:

  1. Proponer al Vicerrectorado Administrativo las políticas, procedimientos y directrices para el desarrollo de los procesos institucionales a su cargo

5.2. Presupuesto constante en la planificación anual:

Para la ejecución del presente Plan no se requiere asignación presupuestaria adicional. Para la aplicación y ejecución de medidas de bioseguridad se cuenta con los siguientes insumos: gel, y jabón líquido, toallas de papel (uso del SISU y Laboratorios), dispensadores, equipos de protección personal (personal de código de trabajo y SISU); amonio cuaternario, cloro, pruebas rápidas de hisopado nasofaríngeo para detección de antígeno SARS COV2, etc.

5.3. Responsables de la ejecución del Plan:

DEPENDENCIAS
Vicerrectorado Administrativo
Dirección Administrativa
Dirección de Administración del Talento Humano
Coordinación del Sistema Integrado de Salud Universitario
Coordinación de Gestión de Bienestar Estudiantil y Universitario
Coordinación Gestión Integral de Riesgos, Seguridad, Ambiente y Salud en el trabajo.

PLANIFICACIÓN

6.1.  Lineamientos Generales

6.1.1. Glosario de términos

Inmunización: Inoculación con las dosis necesarias contra la COVID-19 y una vez que haya transcurrido el tiempo para su efectividad, de acuerdo con la ficha técnica de la vacuna aplicada publicada por el Ministerio de Salud Pública.

Condición agravante 1: Condición fisiológica en una persona no inmunizada que pueda verse agravada por la COVID-19, siendo éstos:

Personas mayores de 65 años.

Personas con enfermedades crónicas no transmisibles (ECNT):

Hipertensión arterial no controlada: hipertensión refractaria y crisis hipertensivas.

Diabetes descompensada que requiera atención médica directa u hospitalización.

Enfermedad pulmonar obstructiva crónica (EPOC), fibrosis quística, enfermedad intersticial pulmonar

Personas con enfermedades cardiovasculares (insuficiencia cardiaca, enfermedad coronaria, valvulopatías, arritmias, miocardiopatías, hipertensión pulmonar).

Personas con enfermedades cerebrovasculares.

Discapacidad del 50% o más debidamente acreditada a través de un carné del CONADIS o del Ministerio de Salud Pública del Ecuador que pueda verse agravada por la COVID-19.

Mujeres en estado de gestación y en periodo de lactancia.

Todo tipo de malformaciones congénitas del corazón y todo tipo de valvulopatías cardíacas.

Pacientes oncológicos y oncohematológicos con diagnóstico reciente o enfermedad activa (menos de 1 año desde el diagnóstico, tratamiento actual o haber recibido tratamiento inmunosupresor en los últimos 12 meses, enfermedad en recaída o no controlada).

Tumor cerebral en cualquier estado y de cualquier tipo.

Insuficiencia renal crónica (incluido personas en diálisis)

Cirrosis.

Trasplante de órganos sólidos y en lista de espera para trasplante.

Secuelas de quemaduras graves.

Malformaciones arterio-venosas cerebrales de Klippel Trenaunay.

Aneurisma tóraco-abdominal.

Personas que padezcan de VIH y que se encuentre en etapa terminal.

Personas que padezcan de tuberculosis pulmonar, tuberculosis activas (casos nuevos o recaída, diagnosticados en los últimos 12 meses).

Otros factores de riesgo relacionados a la salud, como obesidad severa (mayor a IMC 35) y asma crónica.

Las personas que tengan bajo su cuidado a una persona con alguna de las condiciones mencionadas en los numerales anteriores.

Coronavirus: Los coronavirus son una extensa familia de virus que pueden causar enfermedades tanto en animales como en humanos. En los humanos, se sabe que varios coronavirus causan infecciones respiratorias que pueden ir desde el resfriado común hasta enfermedades más graves como el síndrome respiratorio de Oriente Medio (MERS) y el síndrome respiratorio agudo severo (SRAS). El coronavirus que se ha descubierto más recientemente causa la enfermedad por coronavirus COVID-19. (OMS, 2019).

COVID-19:  es la enfermedad infecciosa causada por el coronavirus que se ha descubierto más recientemente. Tanto el nuevo virus como la enfermedad eran desconocidos antes de que estallara el brote en Wuhan (China) en diciembre de 2019. (OMS, 2019).

Síntomas del COVID-19: El virus que causa COVID-19, puede causar enfermedades que van desde leves a graves y, en algunos casos, puede ser fatal. Generalmente, los síntomas incluyen fiebre, tos y falta de aliento. Algunas personas infectadas con el virus han informado que experimentan otros síntomas no respiratorios. Otras personas, conocidas como casos asintomáticos, han experimentado ningún síntoma en absoluto. Los síntomas de COVID-19 pueden aparecer en tan pocos como 2 días o tan largo como 14 días después de la exposición. (Guía sobre la preparación lugares de trabajo para COVID-19 – OSHA 2020)

Contagio por Coronavirus (COVID-19): Una persona puede contraer COVID-19 por contacto con otra que esté infectada por el virus. La enfermedad puede propagarse de persona a persona a través de las gotículas procedentes de la nariz o la boca que salen despedidas cuando una persona infectada tose o exhala. Estas gotículas caen sobre los objetos y superficies que rodean a la persona, de modo que otras personas pueden contraer el COVID-19 si tocan estos objetos o superficies y luego se tocan los ojos, la nariz o la boc­­­a. También pueden contagiarse si inhalan las gotículas que haya esparcido una persona con COVID-19 al toser o exhalar. Por eso es importante mantenerse a más de 1 metro (3 pies) de distancia de una persona que se encuentre enferma. (OMS 2020).

Definición de caso: Un caso es una persona que entra en contacto con el sistema de salud debido a una necesidad de atención por sospecha, presunción o confirmación relacionado a la COVID-19. Esta interacción de basa en la búsqueda activa o demanda espontánea. Se clasifica en sospechoso, probable, confirmado y descartado.

Caso Sospechoso: Persona con enfermedad respiratoria aguda grave (que requiere hospitalización) y en ausencia de otro diagnóstico, en ausencia de otra etiología que explique el cuadro clínico.

  • Persona con alguna enfermedad respiratoria aguda (fiebre y al menos un signo o síntoma respiratorio, por ejemplo: tos, fatiga, dificultad para respirar y anosmia, ageusia, trastornos digestivos como diarrea, odinofagia, dolores musculares, cefalea), y que haya estado en contacto directo o cercano con un caso COVID-19 confirmado o probable (ver definición de contacto) en los últimos 14 días antes del inicio de los síntomas;
  • Persona con enfermedad respiratoria aguda (fiebre y al menos un signo o síntoma respiratorio, por ejemplo: tos, fatiga, dificultad para respirar y anosmia, ageusia, trastornos digestivos como diarrea, odinofagia, dolores musculares, cefalea), y un historial de viaje o residencia en un país con transmisión comunitaria, durante los 14 días anteriores al inicio de los síntomas.

Caso Probable: Un caso sospechoso por clínica o nexo epidemiológico, que no pudo acceder a ninguna prueba de laboratorio RT –PCR o tuvo un resultado de laboratorio de NO concluyente o Dudoso/Indeterminado.

Un caso sospechoso por clínica o nexo epidemiológico, que fallece sin que se haya obtenido una muestra para laboratorio para RT-PCR.

Un caso sospechoso que cuente con Rx, TAC u otros exámenes de apoyo diagnóstico compatibles con COVID-19, en ausencia de otra etiología que lo explique, sin RT-PCR.

Un caso sospechoso por clínica y nexo epidemiológico, que no pudo acceder a ninguna prueba de laboratorio RT –PCR ni otro examen de soporte.

Caso Confirmado: Caso sospechoso con prueba de laboratorio RT-PCR positiva para infección COVID-19, independientemente de los signos y síntomas.

Caso Descartado: Caso sospechoso con investigación completa y con resultado de laboratorio negativo para infección de COVID-19.

Importante: Estas definiciones de caso se modificarán de acuerdo con la caracterización de la enfermedad.

Referencia: COVID-19, Lineamientos Generales de Vigilancia Epidemiológica U07.1 Enfermedad respiratoria aguda (U07.1 Enfermedad Respiratoria Aguda COVID-19)

6.2. Lineamientos Específicos

Lineamientos de prevención del riesgo de contagio de la COVID-19 en el ámbito laboral para continuar con el proceso de retorno progresivo a las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Chimborazo.

6.2.1. Servidores universitarios que no deben asistir al lugar de trabajo, previa autorización del personal médico del Sistema Integrado de Salud Universitario y Médico Ocupacional.

Funcionarios con diagnóstico confirmado de COVID-19.

Si presenta síntomas respiratorios. El funcionario debe informar al personal médico del SISU, acudir a los triages respiratorios en los centros de salud más cercano a su lugar de trabajo o residencia, para el efecto los funcionarios del servicio integrado de salud universitario socializarán a los servidores universitarios el protocolo actualizado de actuación en caso de detectar un caso positivo de la COVID-19.

Que presenten sintomatología (tos, fiebre, dificultad al respirar, entre otras) que pudiera estar asociada con la COVID-19, hasta descartar la confirmación de un caso positivo.

Que han estado en contacto estrecho con una persona con resultado positivo para la COVID-19, es decir, a menos de un metro de distancia, por más de 15 minutos y sin mascarilla en un lugar sin ventilación, incluso en ausencia de síntomas.

Que tengan condición agravante frente a la COVID-19 y que no estén inmunizados.

Que tengan condición agravante frente a la COVID-19 y que estén inmunizados. En este caso el médico ocupacional, podrá determinar, previo análisis, si pese a estar inmunizado se mantiene la condición agravante frente a la COVID-19, para el efecto se emitirá los listados de pacientes en condición agravante y se notificará en forma mensual al Vicerrectorado Administrativo, para difusión a la unidad de Talento Humano y dependencias.

El SISU remitirán el monitoreo del estado de salud de los servidores universitarios con COVID-19, de manera semanal al Vicerrectorado Administrativo con la finalidad de contar con el índice epidemiológico.

El Médico Ocupacional deberá ejecutar la vigilancia médica ocupacional acorde al nivel de exposición de riesgos y registrar en la historia médica ocupacional la información de las evaluaciones médicas que les realicen.

6.2.2. Acciones ante un caso sospechoso de la COVID-19 dentro de las instalaciones de la Universidad Nacional de Chimborazo:

El servidor universitario con sospechas de contagio por la COVID-19, debe acudir de manera presencial o comunicarse (correo electrónico o llamada telefónica) inmediatamente con el personal médico del SISU y/o médico ocupacional.

El personal médico analizará el caso desde el punto de vista clínico y epidemiológico, y dará las instrucciones a seguir para confirmar o descartar la enfermedad.

El personal médico, dará la certificación al servidor universitario para que notifique a la Dirección de Administración de Talento Humano y jefe Inmediato.

El personal médico realizará un cerco epidemiológico, basado en los contactos (mismo espacio físico, menos de 2 metros o permanencia por más de 15 minutos) de la persona sospechosa, y desde el punto de vista clínico y epidemiológico dará las instrucciones a seguir para confirmar o descartar contagio.

La sola sospecha sobre un caso, ocasionará que el individuo NO pueda permanecer en las instalaciones de la universidad.

A los diez días, el o los servidores que formaba parte del cerco epidemiológico, deberán presentar el resultado de una prueba rápida de hisopado nasofaríngeo para detección de antígeno SARS COV2 o PCR, la cual deberá ser negativa para permitir su reingreso laboral.

6.2.3 Acciones ante un caso positivo de la COVID-19 dentro de las instalaciones de la Universidad Nacional de Chimborazo

El servidor universitario deberá ponerse en contacto inmediato con el personal médico del SISU y médico ocupacional.

El personal médico del SISU o médico ocupacional, efectuarán una evaluación a la persona contagiada.

Una vez conocido el caso, el personal médico aislará inmediatamente a la persona que se haya detectado como positivo a SARS-Cov2, de acuerdo a las directrices del Ministerio de Salud Pública.

De existir más personas en el mismo espacio físico, éstas deberán abandonar la institución y acogerse al teletrabajo, de ser pertinente, hasta nueva valoración por el personal médico.

El personal médico del SISU o médico ocupacional notificará por correo electrónico a la Dirección Administrativa de Talento Humano y al jefe inmediato. Se solicitará que se indique los contactos cercanos de la persona positiva para levantar el cerco epidemiológico correspondiente.

El personal médico levantará y analizará los contactos (mismo espacio físico, menos de 2 metros o permanencia por más de 15 minutos) de la persona contagiada, y desde el punto de vista clínico y epidemiológico dará las instrucciones a seguir para confirmar o descartar contagio.

El jefe inmediato dispondrá el cierre del espacio físico donde estuvo la persona contagiada y solicitará a la Dirección Administrativa la desinfección y la sanitización del espacio.

El personal médico deberá monitorear la evolución de la persona contagiada y de los contactos cercanos, para confirmar o descartar el contagio en esos últimos.

A los diez días, el o los servidores que formaban parte del cerco epidemiológico, deberán presentar el resultado de una prueba rápida de hisopado nasofaríngeo para detección de antígeno SARS COV2 o PCR, la cual deberá ser negativa para permitir su reingreso laboral.

6.2.4. Servidores Universitarios que no se han acogido al proceso de inmunización

En el caso del servidor universitario que no se haya sometido de manera voluntaria al proceso de inmunización, previo a reintegrarse de manera presencial a las actividades laborales, deberá presentar al personal médico de la Coordinación del SISU o al médico ocupacional el resultado de la prueba rápida de hisopado nasofaríngeo para detección de antígeno SARS COV2 o PCR negativa, la periodicidad será cada 14 días, la cual podrán ser realizadas en laboratorios públicos o privados. Los resultados de estas pruebas serán notificados a la Dirección de la Administración del Talento Humano y al jefe inmediato.

El costo de la ejecución de dicha prueba será asumido por el funcionario.

6.2.5. Asistencia Psicológica

En concordancia con lo sugerido por el Instituto de Seguridad Social en la” GUIA ORIENTATIVA DE RETORNO AL TRABAJO FRENTE A COVID-19” y en consecuencia a los efectos esperados en la esfera mental de los individuos posterior a verse expuestos a eventos traumáticos como es la presencia de la COVID-19, alterando su desenvolvimiento a nivel individual, familiar, social y laboral, desencadenando consecuencias a nivel emocional, cognitivo y conductual dando origen posiblemente a:

Trastorno de estrés agudo

Trastorno de estrés postraumático (TEPT)

Trastorno ansioso – depresivo

Trastorno de pánico

Trastorno de adaptación

Discriminación

Las acciones para proteger la adecuada salud mental de la comunidad universitaria y tomando como referente el PROTOCOLO PARA ATENCIÓN TELEASISTIDA DE SALUD MENTAL EN COVID – 19 / MTT2-PRT-005- 2020, y la guía orientativa de retorno al trabajo emitida por el IESS, las acciones se encaminarán de la siguiente manera:

Se brindará soporte psicológico a los miembros de la comunidad universitaria que lo requieran, mediante intervenciones en:

Psicoeducación,

Primeros auxilios psicológicos,

Intervención en crisis (psicología de emergencia)

Procesos psicoterapéuticos

Intervenciones masivas para generar comunicación, espacios de interacción e intervención psicológica pertinente.

Atención directa en el consultorio de Psicología Clínica de la Coordinación del Sistema Integrado de Salud Universitaria, posterior a la comprobación que el paciente no presenta sintomatología de Covid-19.

Evaluación clínica y psicométrica del estado emocional, de forma presencial o mediante telesalud mental.

Atención prioritaria a funcionarios pos-covid, que se hayan encontrado en situación de aislamiento o que hayan sido parte del cerco epidemiológico: pacientes y sus familias, así como al personal de salud responsable de la atención directa.

Utilización de psicoterapia breve para facilitar el proceso de adaptación y afrontar los posibles escenarios adversos, atravesados por los miembros de la comunidad universitaria.

Entrenamiento conductual para propender a la reducción de la incertidumbre generadora de ansiedad mediante intervenciones individuales y de acuerdo con los resultados arrojados por la valoración clínica y baterías psicológicas.

Derivación a los servicios de Salud Mental tanto privado como público en caso de ser necesario, activar la red de salud pública (IESS, MSP)

Socialización a la comunidad universitaria guías informativas de signos y síntomas que podrían presentarse como respuesta a la actual vivencia estresante.

Capacitación y conformación de Brigadas de Emergencia y Autoprotección en primeros auxilios psicológicos para asistir oportunamente a las personas que presente algún malestar psicosocial.

Desarrollo de estrategias en la aplicación del Plan de Cambio y Cultura (Clima Laboral) con la finalidad de mantener un ambiente laboral adecuado para los miembros de la comunidad universitaria.

Evaluación de Riesgo Psicosocial en concordancia con lo dispuesto en la normativa vigente.

6.2.6. Desplazamientos al lugar de trabajo y retorno a su hogar.

En los desplazamientos realizados por medio de transporte público, privado o a pie se deberá guardar la distancia con las otras personas y usar mascarilla.

Se debe efectuar la limpieza y desinfección de manos antes y después de hacer uso de los medios de transporte.

6.2.7. Normas aplicadas en el lugar del trabajo:

Capacitación a los servidores universitarios sobre las normas de prevención y medidas de bioseguridad para evitar el contagio de la COVID – 19, actividad bajo la responsabilidad de la Coordinación de Gestión Integral de Riesgos Seguridad y Salud en el Trabajo y la Coordinación de Gestión de Bienestar Estudiantil y Universitario (CGBEYU).

Toma de temperatura de los servidores universitarios y dotación de gel al 70% para desinfección de manos, al momento de su ingreso a las actividades laborales. Actividad realizada por el personal de guardias de la Compañía Privada previa capacitación por el personal del SISU.

Aplicación de medidas de bioseguridad, por todos los funcionarios en actividad presencial.

Adecuado lavado de manos con jabón líquido o desinfección de manos con gel/alcohol al 70%, al ingreso al lugar trabajo y luego de tener contacto con superficies y áreas comunes.

Uso de mascarilla o cubre bocas durante la jornada laboral (mascarilla tipo quirúrgica, tres capas).

Mantener la distancia interpersonal de al menos 2 metros, tanto en la entrada y salida del lugar de trabajo como durante la permanencia en el mismo.

Establecimiento de procedimientos adecuados para mantener el distanciamiento físico en las áreas comunes.

Utilización, si es posible de escaleras en lugar del ascensor; si su uso es necesario deberá ser utilizado por una sola persona, en el caso del ascensor del Bloque L, podrá ser utilizada por hasta dos personas con el debido distanciamiento; el uso del ascensor es priorizado para: personas adultas mayores, mujeres embarazadas, personas con discapacidad y personas con enfermedades con limitación física.

Al subir las escaleras se deberá utilizar el lado derecho de coincidir en las escaleras con otros compañeros mantener la distancia recomendada de al menos 2 metros, al bajar las escaleras de igual forma se hará por el lado derecho y mantener la distancia recomendada de al menos 2 metros. Después de subir y bajarlas escaleras lavarse las manos por contacto con el pasamanos.

Priorización para el desarrollo de reuniones por medios telemáticos (Teams, Zoom).

Limitación en el uso de documentos físicos, para comunicación, priorizar la documentación electrónica

Evitar desplazamientos de funcionarios en el lugar de trabajo que no sean esenciales y que puedan solventarse mediante llamada o videoconferencia.

Restricción del uso compartido de equipo de trabajo, teclados, laptops, mouse, entre otros, así como de accesorios personales.

Dotación de productos de higiene para ejecución de las actividades de prevención y control (agua limpia, jabón líquido, gel al 70% en los dispensadores ubicados para el efecto), lo cual estará a cargo de la Dirección Administrativa.

Mantener el sentido de circulación en pasillos, caminerías, y otros, separados, al menos por la distancia de seguridad de 2 metros con otros funcionaros, utilizar siempre el lado derecho al transitar por estas vías en ambos sentidos (ida o vuelta).

Ventilación de las áreas de trabajo, abriendo las ventanas, si la situación climática así lo permite.

El Comité de Seguridad e Higiene del trabajo (organismos paritarios) en el ámbito de sus competencias vigilará el cumplimiento de las Normas aplicadas en el lugar del trabajo. Además, deberá desarrollar actividades inherentes a sus atribuciones a fin de garantizar la seguridad e higiene de todos los miembros de la comunidad universitaria y de los espacios físicos de trabajo.

6.2.8. Uso y desinfección de vehículos institucionales

Utilización de vehículos institucionales conforme disposiciones del jefe inmediato, quien actuará en apego a los lineamientos dispuestos por los entes de control gubernamental y Consejo Universitario.

Desinfección del interior del vehículo con alcohol, (no atomizar directamente sobre las superficies internas del vehículo, impregnar un paño con alcohol fuera del vehículo y cuando este no este encendido) sobre el volante, la palanca de cambios, el freno, perilla de volumen de la radio, las manijas de las puertas internas y externas, el cinturón de seguridad, los comandos de aire y las luces, proceso ejecutado por miembros de la unidad de trasportes asignados al inicio y finalización de la jornada, o cuando otro usuario utilice el vehículo. Lavase las manos antes y después de esta tarea, abrir las ventanas para ventilar.

Si viaja con pasajeros

Durante el trayecto:

Abrir las ventanas para circulación de aire y ventilación.

Usar mascarilla, todos los funcionaros en el vehículo.

Mantener una distancia adecuada entre pasajeros, el aforo permitido en los vehículos es del 50% incluido el conductor, conforme el número de ocupantes permitidos, descrito en la matrícula del vehículo.

Evitar encender el aire acondicionado.

Desinfectar las manos con gel antiséptico.

Después del trayecto:

Desinfectar con alcohol, como se indica en párrafos anteriores.

Lavarse y desinfectarse las manos.

Si viaja solo

Lavarse las manos antes de entrar al vehículo.

Desinfectar con alcohol, como se indica en párrafos anteriores

Evitar toser y/o estornudar abiertamente en el auto, para hacerlo cubra la boca y la nariz con el codo flexionado, bajando su mascarilla.

6.2.9. Medidas para minimizar el contacto entre los servidores universitarios, clientes, usuarios o público en general:

Priorizar la atención telemática con documentos electrónicos.

La Dirección Administrativa deberá vigilar el cumplimiento de las normas de bioseguridad, en los accesos a los predios universitarios, mediante el control de temperatura, uso obligatorio de mascarilla, utilización de gel para desinfección de manos y distanciamiento físico. Dispondrá la colocación de la demarcación del distanciamiento físico de 2 metros en aquellos lugares de atención al público.

Dotación de equipos de protección personal en función de la matriz de identificación de peligros y evaluación de riesgos laborales priorizando el riesgo biológico (riesgo alto y medio) en las diferentes actividades que se desarrollan, adoptando medidas de prevención y protección en cada caso de acuerdo con la normativa aplicable; unidad encargada Gestión de Riesgos, Seguridad, Ambiente y Salud en el Trabajo.

Supervisión periódica de las condiciones de trabajo en materia de seguridad y salud en el trabajo.

Desinfección y limpieza permanente de los puestos de Trabajo, así como en las diferentes áreas de los Campus Universitarios, priorizando aquellos de mayor a menor concurrencia, conforme el INSTRUCTIVO DE LIMPIEZA Y DESINFECCIÓN.

6.2.10. Recomendaciones a los servidores universitarios:

Cumplir con todas las medidas de prevención y protección que indique el empleador.

Mantener la distancia interpersonal (al menos 2 metros).

Evitar el saludo con contacto físico, incluido el dar la mano o beso.

Evitar utilizar equipos y dispositivos tecnológicos de otros servidores universitarios; en caso de que sea necesario, desinfectarlos antes y después de usarlos, y lavarse las manos con jabón líquido inmediatamente después de haberlos usado.

Evitar reusar o compartir equipos de protección personal de otros servidores universitarios.

Lavar frecuentemente las manos con agua y jabón líquido (durante 40 a 60 segundos), luego aplicarse alcohol o gel al 70% que cuente con registro sanitario emitido por la Agencia de Regulación y Control Sanitario (ARCSA). Es especialmente importante lavarse después de toser, estornudar o después de tocar superficies potencialmente contaminadas.

Cubrir la nariz y boca con un pañuelo desechable al toser y estornudar y desecharlo en los recipientes de los baños. Si no se dispone de pañuelos emplear la parte interna del codo sin quitarse la mascarilla para no contaminar las manos, en el caso de que la mascarilla estuviese húmeda, reemplazarla.

Evitar tocar superficies del rostro como ojos, nariz o boca, sin haber realizado higiene y desinfección de manos.

Si es necesario escupir, realizarlo en un pañuelo desechable y depositarlo en un recipiente de basura de los baños.

Evitar compartir alimentos y bebidas.

Facilitar el trabajo al personal de limpieza cuando abandone su puesto, despejando las superficies lo máximo posible.

6.2.11. Gestión de los residuos en los lugares de trabajo:

Desechar toallas de papel o pañuelos desechables empleados para el secado de manos o para el cumplimiento de la “higiene respiratoria” en los basureros ubicados en las baterías sanitarias.

Desinfectar el contenedor donde haya depositado pañuelos u otros productos usados (La desinfección de los contenedores es de exclusiva responsabilidad del personal de Auxiliares de Servicios mismos que se encuentran capacitados para aquello, dicha desinfección se lo realiza in situ acorde lo estipulado en la GUÍA DE LIMPIEZA Y DESINFECCIÓN DE LAS INSTALACIONES UNIVERSITARIAS, los mismos son considerados comunes por lo que su disposición se la realiza en los contenedores dispuestos para este tipo de residuos).

6.2.12. Medidas Extralaborales:

Después de salir del lugar del trabajo:

Cuidar la distancia y aplicar las medidas de prevención de contagios e higiene en el hogar.

Evitar salir de casa innecesariamente. Se recomienda usar medios alternativos como servicios en línea.

Lavar las manos usando jabón líquido. Se recomienda el uso individual de toallas de manos.

Mantener ventilación natural y circulación de aire.

Usar alcohol o gel desinfectante al 70%.

Evitar el saludo con beso, mano o abrazos.

Evitar tocar superficies del rostro, como ojos, nariz y boca.

Si es necesario escupir, realizarlo en un pañuelo desechable, y depositarlo en un recipiente de basura que cuente con tapa y apertura por pedal.

Mantener la distancia entre personas a un mínimo de 2 metros, aún en lugares públicos.

Evitar compartir alimentos o bebidas, así como los recipientes que lo contengan.

Evitar ingerir alimentos crudos o productos de origen animal poco cocidos. Así como manipular productos alimenticios sin adecuado lavado de manos con jabón y desinfección Evitar la “contaminación cruzada” con otros alimentos.

Toser cubriéndose con el pliegue interno del codo o con paños descartables (aún colocada la mascarilla o cubre bocas).

En caso de presentar síntomas respiratorios, comuníquese a la línea 171 o 911, según el caso, e informe al personal médico del SISU y médico ocupacional.

6.2.13. Campaña intensiva de comunicación:

La Coordinación de Comunicación Institucional, difundirá campañas en los medios de comunicación como: correo institucional, redes sociales, página web; orientadas a informar a la comunidad universitaria sobre el retorno progresivo a las actividades laborales presenciales y las medidas de bioseguridad para mitigar el contagio de la COVID 19

La Coordinación de Comunicación Institucional deberá reforzar y enfocar una campaña comunicacional sobre los cuidados de higiene y manejo personal que cada servidor debe adoptar al momento de salir de sus hogares: en lugares públicos, en los puestos de trabajo, y en el transporte público

La Coordinación de Gestión integral de Riesgos, Seguridad, Ambiente y Salud en el Trabajo junto con Coordinación de Gestión de Bienestar Estudiantil y Universitario remitirán a la Coordinación de Comunicación Institucional la información necesaria para la ejecución de las campañas.

6.2.14. Medidas organizativas para el retorno laboral para el personal administrativo y trabajadores.

A continuación, se describen todos los aspectos relacionados al retorno laboral que, sobre la base legal citada, la Universidad Nacional de Chimborazo propone:

a) MODALIDADES

Se establecen como modalidades de trabajo:

Personal Administrativo (LOSEP, Personal académico con funciones administrativas y Apoyo Académico)

Teletrabajo

Presencial

Mixto o Combinado

Personal Código de Trabajo

Presencial

Teletrabajo Parcial

Con la finalidad de salvaguardar la salud e integridad de los servidores públicos de la Universidad Nacional de Chimborazo se priorizará el teletrabajo y se acatará las disposiciones y los lineamientos nacionales, así como los constantes en el presente instrumento, en aplicación de las disposiciones legales pertinentes.

El jefe Inmediato de la unidad orgánica definirá la modalidad a la cual el personal que labora bajo su dependencia se acoge, para ello deberá presentar a la Dirección de Administración del Talento Humano el FORMULARIO DE DEFINICIÓN DE MODALIDADES DE TRABAJO SEGÚN PLAN DE RETORNO PROGRESIVO con un intervalo de 15 quince días, el mismo que deberá ser presentado hasta el miércoles de la semana inmediata anterior al inicio del periodo planificado.

Para el caso de la modalidad de teletrabajo parcial de los servidores universitarios bajo el Régimen del Código de Trabajo, por la naturaleza de las actividades que realizan, solamente podrán acogerse a esta modalidad en el caso de que exista jornadas de capacitación que se las efectué mediante el uso de medios telemáticos.

La Dirección de Administración del Talento Humano con base a la información que proporcionen los jefes inmediatos de las diferentes dependencias en el FORMULARIO DE DEFINICIÓN DE MODALIDADES DE TRABAJO SEGÚN PLAN DE RETORNO PROGRESIVO registrará la información remitida; y en el caso de existir novedades, reportará al Vicerrectorado Administrativo a través de un informe, para la toma de decisiones que hubiere lugar.

b) JORNADA DE TRABAJO

En cualquier modalidad que definan los jefes inmediatos, se sujetarán a los siguientes horarios:

Personal Administrativo (LOSEP, Personal académico con funciones administrativas y Apoyo Académico)

Cualquier modalidad obligatoriamente deberá cumplir con el siguiente horario:

PERSONAL ADMINISTRATIVO

 

Entrada matutina Salida matutina: Entrada vespertina: Salida vespertina:
Jornada Laboral 08h00 13h00 14h30 17h30

El personal académico que se ha reintegrado a laborar de manera presencial por la naturaleza de sus funciones se sujetará a los horarios establecidos en los distributivos individuales de trabajo. Y en el receso del periodo académico se sujetará a la jornada laboral descrita anteriormente (08h00, 13h00, 14h30 y 17h30)

Personal Amparado en el Régimen del Código del Trabajo

PERSONAL AMPARADO CÓDIGO DE TRABAJO Entrada matutina Salida matutina: Entrada vespertina: Salida vespertina:
Jornada continua 07h00 11h00 11h30 15h30
Guardias (matutina): 06h00 12h00 12h30 14h30
Guardias (vespertina): 13h30 19h00 19h30 22h00

Los cambios de jornada temporal del PERSONAL ADMINISTRATIVO y del PERSONAL AMPARADO EN EL REGIMEN DEL CODIGO DEL TRABAJO con la finalidad de atender requerimientos institucionales, serán autorizados únicamente por el Rector/a, previa justificación por escrito del jefe inmediato y contando con informe técnico de la Dirección de Administración del Talento Humano y de ser el caso contar con un informe jurídico emitido por Procuraduría Institucional.

c) CONSIDERACIONES PARA LA DEFINICIÓN DE MODALIDADES DE TRABAJO.

El jefe inmediato de cada dependencia deberá observar los LINEAMIENTOS ESPECÍFICOS de la Guía y Plan General para el Retorno Progresivo y Seguro a las Actividades Laborales Presenciales expedida por el Ministerio del Trabajo, así como los LINEAMIENTOS ESPECÍFICOS del presente Plan.

Adicionalmente, para poder retornar al trabajo presencial, se considerará:

Certificado o carnet de vacunación contra la COVID-19, una vez transcurridos 14 días desde la segunda dosis, que deberán presentar los servidores administrativos regido por la Ley Orgánica del Servicio Público, trabajadores amparados por el Código del Trabajo, personal académico que realiza funciones administrativas y personal de apoyo académico. En el caso del servidor universitario que no se haya sometido de manera voluntaria al proceso de inmunización, previo a reintegrarse de manera presencial a las actividades laborales, deberá presentar a la Coordinación del SISU el resultado de la prueba rápida de hisopado nasofaríngeo para detección de antígeno SARS COV2 o PCR negativa, la periodicidad será cada 14 días, la cual podrán ser realizada en laboratorios públicos o privados. Los costos de la ejecución de dicha prueba no serán asumidos por la institución.

Análisis de la pertinencia de realizar la actividad laboral de forma presencial;

Análisis de la situación de cada uno de los servidores que se encuentran dentro de los grupos de atención prioritaria, a fin de adaptar sus actividades al teletrabajo;

Análisis de la situación de los servidores referente a su movilidad hacia y desde su lugar de trabajo;

Para acogerse al lineamiento general 5 del SECTOR PÚBLICO de la GUIA Y PLAN GENERAL PARA EL RETORNO PROGRESIVO Y SEGURO A LAS ACTIVIDADES LABORALES PRESENCIALES, se deberá justificar:

El servidor universitario deberá presentar copia de la cédula del menor de edad que este a su cargo y cuidado. (hasta los 12 años)

Justificación del jefe inmediato para la definición de modalidad de teletrabajo.

Certificación de la Dirección de Talento Humano de la institución y/o empresa en la que labora el cónyuge, de ser el caso, en la que se determine que cumple con jornada presencial de trabajo.

En el caso de acogerse a esta modalidad, el jefe inmediato deberá enviar todos los requisitos antes mencionados a la Dirección de la Administración de Talento Humano.

El trabajo presencial será con un máximo del 50% de servidores, conforme la Resolución Nº 0169-CU-UNACH-DESN-29-06-2021, se podrá incrementar de acuerdo con las disposiciones del Ministerio de Salud Pública y Ministerio del Trabajo con base en la matriz de Riesgo Relativo Ocupacional que permitirá establecer el aforo de cada institución en relación con situación epidemiológica (Circular Nro. MDT-DSG-2021-0045-CIRCULAR).

d) RESPONSABILIDADES

Jefes inmediatos

Los jefes inmediatos de las dependencias elaborarán la PLANIFICACIÓN SEMANAL DE ACTIVIDADES y las remitirán a la Dirección de Administración del Talento Humano, hasta el viernes inmediato anterior a la semana de actividades.

Servidores Universitarios

Todo servidores universitarios que laboren en las modalidades de Teletrabajo o mixto o combinado, semanalmente deberá reportar las actividades realizadas de acuerdo a la PLANIFICACIÓN SEMANAL y deberá elaborar el FORMULARIO DE VERIFICACIÓN Y SEGUIMIENTO DE ACTIVIDADES A REALIZAR MEDIANTE TELETRABAJO, cuyas evidencias deben ser cargadas en un medio de almacenamiento digital (teams, planner, one driver, etc.), el mismo que deberá ser aprobado por el jefe inmediato y reportado de manera consolidada a TTHH o cuando se pida como control. Los reportes de cumplimiento de Teletrabajo por parte de los servidores permanecerán en las dependencias en las bases de datos establecidas en la plataforma Office 365 (teams, planner, One Driver, etc).

En el caso de acogerse a la modalidad presencial en toda la jornada de trabajo, no deberá elaborar la matriz de verificación y seguimiento de actividades, ya que dicho formulario es para la modalidad Teletrabajo. Sin perjuicio de aquello, hasta que se emita las directrices de manejo, archivo, etc, de la documentación desde Gestión Documental se deberá contar con las evidencias a través de cualquier medio.

e) ASISTENCIA, PERMISOS Y LICENCIAS, PERMANENCIA, MOVILIDAD Y ROTACIÓN

Para la ASISTENCIA, PERMISOS Y LICENCIAS, PERMANENCIA, MOVILIDAD Y ROTACIÓN se mantienen las Directrices de Gestión del Talento Humano emitidas mediante Resolución Administrativa Nro. 061-UNACH-R.SG-2019 de 16 de octubre del 2019, sin perjuicio de las siguientes disposiciones que, por la naturaleza de la situación actual del país, se requieren implementar:

Asistencia

Es responsabilidad de todos los servidores universitarios realizar los cuatros registros de asistencia (entrada matutina, salida matutina, entrada vespertina y salida vespertina) en el formato establecido a través de la plataforma informática UVIRTUAL ingresando desde el correo institucional. O, de manera excepcional, se podrá realizar los registros mediante otro método previamente autorizado por la máxima autoridad institucional. Los registros realizados después de la jornada laboral determinada anteriormente no serán considerados como horas suplementarias y extraordinarias, a excepción de las previamente planificadas y autorizadas.

En el caso de, falta de registro de asistencia de cualquiera de los horarios determinados, el servidor y/o trabajador dentro del término máximo de 1 día de sucedido la falta de registro deberá obligatoriamente justificar ante el jefe inmediato, quien de manera semanal remitirá una comunicación a la Dirección de la Administración del Talento Humano con el consolidado de justificaciones. En el caso de que el servidor y/o trabajador no justificaré la falta de uno de los registros se procederá de la siguiente manera:

Si no realiza el registro de la entrada y/o salida matutina, se tendrá como no laborado el horario matutino, y se procederá al descuento de sus vacaciones.

Si no realiza el registro entrada y/o salida vespertina se tendrá como no laborado el horario vespertino, y se procederá al descuento de sus vacaciones.

Si registra las entradas luego del horario establecido se tendrá como atrasos del intervalo del tiempo entre el horario establecido y el registro.

En cuanto a los atrasos, debido a la modalidad del registro de asistencia la Dirección de Talento Humano deberá generar los reportes mensualmente y remitir a los jefes inmediatos para conocimiento. Los atrasos serán descontados del período de vacaciones, sin perjuicio de las acciones legales establecidas en la normativa legal vigente.

f) UNIFORMES

De acuerdo a la situación actual, las disposiciones referentes al uso de uniformes contempladas en la Resolución Administrativa Nro. 061-UNACH-R.SG-2019, no serán aplicables temporalmente. Se autoriza que los servidores universitarios puedan utilizar cualquier tipo de ropa o trajes de bioseguridad. En el caso de trabajadores sujetos al Código de Trabajo será obligatorio la utilización de los uniformes conforme al cronograma establecido por la Dirección de Administración de Talento Humano; en cuanto a las prendas de protección personal serán de uso obligatorio y permanente.

Los servidores deberán evitar utilizar accesorios extras, joyas y bisutería, así como corbatas, bufandas, pashminas, pañuelos de cabeza, bufs. Manteniendo el cabello recogido y las demás recomendaciones del organismo pertinente. Se autoriza el uso de trajes de bioseguridad a responsabilidad de cada servidor.

g) PLAN DE RECUPERACIÓN

En el caso de que un servidor y/o trabajador universitario no pueda realizar cumplir con su jornada laboral de manera presencial ni en teletrabajo por la naturaleza de su puesto, o por la situación médica del servidor o trabajador, la Universidad Nacional de Chimborazo abonará la remuneración, y la recuperación de las horas se cumplirá de conformidad a las reglas señaladas en el artículo 60 del Código del Trabajo, conforme así lo señala la absolución de consulta del Ministerio de Trabajo Nro. MDT-SISPTE-2021-0601-O.

Conforme la Resolución de Consejo Universitario Resolución Nº 0169-CU-UNACH-DESN-29-06-2021 y en virtud de que no se ha retomado las actividades de manera presencial en su totalidad, actualmente no se puede establecer un Plan Integral de Compensación Institucional; sin embargo, si un servidor o trabajador universitario no desea gozar de sus vacaciones anuales con la finalidad de compensar con los días no laborados durante la pandemia por la COVID19, deberá solicitar la autorización para no hacer uso de sus vacaciones a su jefe inmediato. El jefe inmediato solicitará a la Dirección de la Administración de Talento Humano un informe de los días de vacaciones que el servidor o trabajador posee a favor, con lo cual realizará un análisis de las actividades que realiza el peticionario y emitirá un informe de procedencia que será puesto en conocimiento del Rector para su autorización.

h) DERECHO A LA DESCONEXIÓN. –

Una vez finalizada la jornada de trabajo, los jefes inmediatos garantizarán el derecho a la desconexión del servidor y trabajador universitario.

El despacho de los trámites será gestionado por los canales de comunicación institucional autorizados dentro de la jornada laboral.

6.3 Evaluación de exposición a factor de Riesgo Biológico por Coronavirus En los puestos de trabajo de la UNACH, naturaleza de las actividades y evaluación del riesgo de exposición

En función de la naturaleza de las actividades y los mecanismos de transmisión del coronavirus SARS­CoV‐2, podemos establecer los diferentes escenarios de exposición en los que se pueden encontrar los puestos de trabajo de la UNACH, que se presentan en la siguiente matriz, con el fin de establecer las medidas preventivas implementadas.

Referencia – PROCEDIMIENTO DE ACTUACIÓN PARA LOS SERVICIOS DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES FRENTE A LA EXPOSICIÓN AL SARS‐CoV‐2 del Ministerio de Sanidad del Gobierno de España emitido el 15 de febrero de 2021.

 

EXPOSICIÓN DE RIESGO

 

EXPOSICIÓN DE BAJO RIESGO

 

BAJA PROBABILIDAD DE EXPOSICIÓN

 

Personal sanitario asistencial y no asistencial que atiende a casos sospechosos o confirmados de COVID‐19.

Situaciones en las que no se puede evitar el contacto estrecho en el trabajo con casos sospechosos o confirmados de COVID‐19.

Personal asistencial y no asistencial que entra en zonas COVID, y cuyas tareas se realizan manteniendo la distancia de seguridad y sin actuación directa sobre casos sospechosos o confirmados.

Personal no sanitario que tenga contacto con material sanitario, fómites o desechos posiblemente contaminados.

Ayuda a domicilio de contactos asintomáticos.

Personal sanitario asistencial y no asistencial que desarrolla su actividad en áreas NO COVID con las medidas de prevención adecuadas.

Trabajo en ámbito no sanitario o no sociosanitario con probabilidad de contacto con casos de COVID‐19, manteniendo la distancia de seguridad y sin actuación directa sobre ellos.

PUESTOS DE TRABAJO

 

Médicos de atención directa.

Enfermeras

Odontólogos

PUESTOS DE TRABAJO

 

Laboratoristas Clínicos

Auxiliar de Servicios SISU

Odontólogo (atención a pacientes sin sintomatología compatible con Covid 19)

 

PUESTOS DE TRABAJO

 

Médicos en actividades administrativas.

Auxiliares de Servicios Generales.

Personal Administrativo

Personal del Código de Trabajo

Técnicos Docentes

Docentes.

Docentes de Práctica que no laboran en áreas Covid 19.

REQUERIMIENTOS – MEDIDAS DE CONTROL
En función de la evaluación específica      del       riesgo      de exposición     de     cada     caso:

 

Personal Inmunizado (con dosis completa dependiendo de la vacuna)

Aplicar Medidas Primarias de   Prevención:   lavado   y desinfección de manos.

Capacitación: Manual   de Bioseguridad e Instructivos

Vigilancia    de    Personal prioritario y vulnerable.

Y   cumplimiento   de   las medidas   de   prevención previstas en    el    PLAN y Anexos.

 

Uso obligatorio de EPP:

Mascarilla Tipo NIOSH N95

Monogafas de Seguridad

Pantalla Facial –Full Face

Guantes de manejo desechables

Bata quirúrgica

Gorro quirúrgico

Botas quirúrgicas

 

En función de la evaluación específica      del       riesgo      de exposición     de     cada     caso:

 

Personal Inmunizado (con dosis completa dependiendo de la vacuna)

Aplicar Medidas Primarias de Prevención: lavado y desinfección de manos, desinfección de instalaciones.

Capacitación: Manual   de Bioseguridad e Instructivos

Vigilancia de Personal prioritario y vulnerable.

Y cumplimiento de las medidas de prevención previstas en el PLAN y Anexos.

 

Uso obligatorio de EPP:

Mascarilla Tipo NIOSH N95 para el puesto de Odontólogo

Mascarilla tipo quirúrgica 3 capas

Monogafas de Seguridad

Pantalla Facial –Full Face

Guantes de manejo desechables

Bata quirúrgica

Gorro quirúrgico

Botas quirúrgicas

Prenda de Protección (overol)

 

En función de la evaluación específica      del       riesgo      de exposición     de     cada     caso:

 

 

Personal Inmunizado (con dosis completa dependiendo de la vacuna)

Aplicar Medidas Primarias de Prevención: lavado y desinfección de manos y desinfección de superficies en puestos de trabajo.

Vigilancia de Personal prioritario y vulnerable

Y cumplimiento de las medidas de prevención previstas en el PLAN y Anexos.

 

Uso obligatorio de EPP:

Protección respiratoria Mascarilla quirúrgica 3 capas o higiénicas

 

6.4.- Equipos y Materiales

Los equipos y materiales se utilizarán de acuerdo a la naturaleza de cada una de las actividades que se han contemplado en el presente Plan.

CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES.

Las actividades se ejecutarán conforme los anexos del presente plan.

RESPONSABILIDADES POR PARTE DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE CHIMBORAZO Y DE LOS SERVIDORES UNIVERSITARIOS

8.1. Por parte de la Universidad Nacional de Chimborazo

Adoptar las medidas necesarias para la prevención de los riesgos que puedan afectar a la salud y al bienestar de los trabajadores en los lugares de trabajo de su responsabilidad. (Referencia – DECRETO EJECUTIVO 2393 REGLAMENTO DE SEGURIDAD Y SALUD DE LOS TRABAJADORES Y MEJORAMIENTO DEL MEDIO AMBIENTE DE TRABAJO – Art.11)

Cumplir y hacer cumplir las disposiciones emitidas por el COE Nacional y Cantonal u organismos nacionales, así como las decisiones o resoluciones internas.

8.2 Por parte de los Servidores Universitarios

Aplicar las medidas preventivas recomendadas previstas en el presente documento.

Uso adecuado de los Equipos de Protección Personal y cumplimiento obligatorio de los protocolos de bioseguridad.

Cumplir con las directrices establecidas por la Dirección de Administración del Talento Humano en lo que corresponde a las medidas organizativas para el retorno laboral presencial.

Cumplir con las obligaciones legales en materia de prevención de riesgos laborales.

Los Servidores universitarios deberán suscribir la Carta de Compromiso del cumplimiento con las disposiciones nacionales emitidas en la GUÍA Y PLAN GENERAL PARA EL RETORNO PROGRESIVO Y SEGURO A LAS ACTIVIDADES LABORALES PRESENCIALES expedidas por el Ministerio de Trabajo y aprobadas por el COE Nacional, durante la jornada que realice de manera presencial en las instalaciones de la Universidad Nacional de Chimborazo.

BIBLIOGRAFÍA BASE

ACUERDO MINISTERIAL MDT-2020-181

GUÍA ORIENTATIVA DE RETORNO AL TRABAJO FRENTE A COVID-19 – 2020 – del IESS.

PROTOCOLO PARA ATENCIÓN TELEASISTIDA DE SALUD MENTAL EN COVID – 19, COVID- 19 / MTT2-PRT-005- 2020

GUÍA Y PLAN GENERAL PARA EL RETORNO PROGRESIVO Y SEGURO A LAS ACTIVIDADES LABORALES PRESENCIALES MTT6-003 [Versión 7.0]

ACUERDO MINISTERIAL Nro. MDT-2021-215

FIRMAS DE RESPONSABILIDAD

 

 

f.)

 

 

f.)

 

 

f.)

Nombre: Ing. Omar Negrete Nombre: Ing. Eduardo Ortega Nombre: Dr. Vinicio Moreno
Cargo: Director Administrativo Cargo: Director de Administración de Talento Humano Cargo: Coordinador del SISU
Responsable de la elaboración. Responsable de la elaboración. Responsable de la elaboración.
 

 

f.)

 

 

f.)

 

 

f.)

Nombre: Psc. Lilian Granizo Nombre: Ing. Elisa López Nombre: Dra. Blanca Maygualema
Cargo: Coordinadora de Gestión de Bienestar Estudiantil y Universitario. Cargo: Analista de Gestión de Riesgos Laborales Cargo: Médico Ocupacional
Responsable de la elaboración. Responsable de la elaboración. Responsable de la elaboración.
 

 

f.)

Nombre: Yolanda Elizabeth Salazar Granizo
Cargo: Vicerrectora Administrativa
Aprobación