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PROGRAMA MASTER

Programa MASTER Programa de Becas de Máster para funcionarios y personal integrado en los sistemas públicos de países de América Latina incluidos en las estrategias bilaterales del V Plan Director de la Cooperación Española y Filipinas. (Programa MASTER).

Fechas de postulación:

– Presentación de solicitudes del Programa MASTER: desde el 1 de marzo de 2021 hasta las 13:00:00 horas del 22 de marzo de 2021 (hora del registro telemático de la AECID).

 

  1. Finalidad

Reconociendo el papel crucial de la educación y de la capacitación como motores del desarrollo, el presente programa de becas tiene como finalidad ofrecer la oportunidad de cursar estudios de Máster en España a funcionarios o personal integrado en los sistemas públicos, incluido el sistema educativo y universitario, de los países de América Latina y Filipinas, en áreas prioritarias de especial impacto en el desarrollo, de acuerdo con las prioridades temáticas y geográficas del V Plan Director de la Cooperación Española. El perfil del beneficiario de esta beca debe garantizar el mayor grado posible de impacto y retorno del conocimiento adquirido durante la realización del Máster.

Este programa contribuye a recuperar la Cooperación Española como política palanca al servicio de los ODS, tal y como se contempla en el “Plan de Acción para la implementación de la Agenda 2030 en España”.

 

  1. Objeto
  • El objeto de este programa es el siguiente:

 

  1. Conceder becas a funcionarios o personal integrado en los sistemas públicos, incluido el sistema educativo y universitario, de los países de América Latina incluidos en las estrategias bilaterales del V Plan Director de la Cooperación Española, y de Filipinas, para la realización de másteres universitarios (oficiales) de carácter presencial en España de 60 créditos ECTS como máximo, que estén inscritos en el Registro de Universidades, Centros y Títulos (RUCT).

 

El Máster deberá estar relacionado con alguna de las líneas de acción en las que se enmarcan las actuaciones de la Cooperación Española según el V Plan Director (Anexo XIV).

 

  1. Conceder becas a profesores filipinos de universidades o centros educativos públicos, para cursar en una Universidad española un máster universitario o propio, de 60 créditos ECTS como máximo, de carácter presencial, de enseñanza del español como lengua

 

  1. Conceder becas a funcionarios de países de América Latina incluidos en las estrategias bilaterales del V Plan Director de la Cooperación Española y de Filipinas, para la realización del Máster Interuniversitario en Diplomacia y Relaciones Internacionales (módulo de Cooperación al Desarrollo) de la Escuela Diplomática de España.

 

Las becas concedidas al amparo de este programa no serán renovables.

 

  • La solicitud se realizará para un Máster de las características citadas, en el ámbito de estudios del área correspondiente al perfil académico o profesional del

 

  1. Condiciones específicas

 

  1. Ser nacional de alguno de los siguientes países según la modalidad de máster solicitado y las estrategias bilaterales del V Plan Director de la Cooperación Española.

 

Para solicitar las becas del apartado 2.1 a):

Bolivia, Colombia, Cuba, Ecuador, El Salvador, Filipinas, Guatemala, Haití, Honduras, Nicaragua, Paraguay, Perú, y República Dominicana.

Para solicitar las becas del apartado 2.1 b):

Filipinas.

Para solicitar las becas del apartado 2.1 c):

Argentina, Bolivia, Brasil, Chile, Colombia, Costa Rica, Cuba, Ecuador, El Salvador, Filipinas, Guatemala, Haití, Honduras, México, Nicaragua, Panamá, Paraguay, Perú, República Dominicana y Uruguay.

  1. Ser funcionario o personal integrado en el sistema público del país del candidato, incluido el personal del sistema educativo y universitario público.
  2. Poseer la autorización del Gobierno del país de procedencia del
  3. No ser nacional español ni residente ni encontrarse en situación de estancia por estudios en España. Quedan exceptuados los que gocen del estatuto de refugiado otorgado por el Reino de España, conforme a la Ley 12/2009, de 30 de octubre, reguladora del Derecho de Asilo y de la Protección
  4. Los solicitantes con doble nacionalidad deberán elegir la nacionalidad con la que desean cumplimentar el formulario de solicitud de beca y, en consecuencia, aportar los datos de identificación correspondientes a la misma. Las condiciones requeridas y programas de becas a los que pueda optarse serán los que correspondan a la nacionalidad con la que se formalice la solicitud, debiendo mantener dicha nacionalidad a lo largo de la duración de la beca.
  5. Estar en posesión de pasaporte nacional en el momento de incorporarse al centro de estudios de
  6. No haber sido beneficiario de una beca de 6 o más meses al amparo de algún programa de la convocatoria de Becas MAEC-AECID 2020-2021.
  7. Poseer la titulación necesaria que se requiera legalmente para cursar los estudios elegidos en el momento de solicitar la
  8. Tramitar, a la vez que la solicitud de la beca, la preadmisión en el centro de destino donde se realizará el Máster, de acuerdo con los requisitos que fije el mismo, quedando la concesión de la beca condicionada a la admisión
  9. Para los ciudadanos de países cuya lengua oficial no sea el español tener conocimientos de español.
  10. Cuando el Máster se imparta en un idioma distinto del español, conocimientos de la lengua extranjera
  11. No encontrarse incurso en alguna de las prohibiciones señaladas en el artículo 13.2 de la Ley General de Subvenciones. Se excluye, sin embargo, la prohibición recogida en el apartado f) de dicho artículo tal y como se establece en la Base Tercera de la mencionada Orden de Bases de 11 de abril de 2005, que regula la presente
  12. Hallarse al corriente, en su caso, de las obligaciones tributarias y de Seguridad Social españolas.

 

  • Duración.

Becas de los apartados 2.1. a) y 2.1. b): hasta diez meses dentro del periodo 1 de septiembre de 2021 al 31 de julio de 2022 de acuerdo con las siguientes fechas:

  • 01/09/2021 – 30/06/2022
  • 01/10/2021 – 31/07/2022

 

Becas del apartado 2.1. c): del 1 de octubre de 2021 al 30 de junio de 2022.

 

  • Documentación

 

  1. Acreditación de la relación contractual o de dependencia del organismo oficial de
  2. Autorización de la autoridad gubernamental correspondiente del país de procedencia del candidato para que éste pueda solicitar la beca de este programa, o bien, para el caso de los solicitantes de las becas del apartado 2.1 c) autorización de la autoridad correspondiente de su organización.
  3. Justificante del trámite de preadmisión en el Máster
  4. Declaración responsable firmada relativa a no tener la residencia en España ni encontrarse en situación de estancia por estudios conforme al modelo que figura.
  5. Copia del documento de identidad personal o del que reglamentariamente lo
  6. Currículum vitae desarrollado en un folio como máximo. Los documentos acreditativos podrán exigirse “a posteriori” y “ad hoc”, e irán acompañados de cuantos justificantes puedan avalarlos a juicio del
  7. Para los ciudadanos extranjeros de lengua oficial no española, copia del documento acreditativo del conocimiento de español.
  8. Cuando el Máster solicitado se imparta en un idioma distinto del español, copia del documento acreditativo del conocimiento de dicho
  9. Declaración responsable de no hallarse incurso en alguna de las prohibiciones del artículo 13.2 de la Ley General de Subvenciones, según el modelo que figura en el Anexo VI.
  10. Cuando el solicitante no esté sujeto en España a las obligaciones tributarias españolas, deberá señalarlo en la declaración responsable que figura en el Anexo
  11. Cuando el solicitante no esté sujeto en España a las obligaciones de la Seguridad Social españolas, deberá señalarlo en la declaración responsable.
  12. Cuando el solicitante esté sujeto en España a las obligaciones tributarias españolas, autoriza al órgano instructor a obtener los datos relativos al cumplimiento de dichas obligaciones por medios telemáticos, salvo que deniegue expresamente dicha autorización, en cuyo caso deberá presentar certificado positivo de la Agencia
  13. Cuando el solicitante esté sujeto en España a las obligaciones de la seguridad social española, autoriza al órgano instructor a obtener los datos relativos al cumplimiento de dichas obligaciones  por  medios  telemáticos,  salvo  que  deniegue  expresamente  dicha autorización, en cuyo caso deberá presentar certificado de la Tesorería General de la Seguridad Social.
  14. Compromiso de retorno al país de origen o a la organización internacional correspondiente.

 

De acuerdo con la Base 3.7, y conforme al artículo 15 de la Ley 39/2015, la documentación requerida se presentará en español. Los documentos presentados en lengua distinta al español deberán acompañarse de traducción a esta lengua. No será necesario que la traducción sea oficial.

 

  • Dotación

 

  1. Mensualidad de 1.200 €.
  2. Ayuda de matrícula, incluidas las tasas administrativas: hasta 5.000 €. Para el Máster citado en el punto 2.1 c) de este programa, el gasto máximo de matrícula será de 1.250 €. El abono de la matrícula se realizará directamente al becario o al centro de estudios, previa presentación de la correspondiente
  3. Ayuda de viaje de incorporación según lo establecido en la Base 6 por el siguiente importe máximo.

 

Nacionalidad del becario Importe máximo en euros
Argentina, Bolivia, Colombia, Costa Rica, Cuba, Chile Ecuador, El Salvador, Guatemala, Haití, Honduras, México, Nicaragua, Panamá, Paraguay, Perú, República Dominicana, Uruguay  

 

1.200

Brasil y Filipinas. 1.500

 

 

  1. Seguro de asistencia sanitaria en España y seguro de accidentes, de acuerdo con lo indicado en la Base

 

  1. Criterios de evaluación

 

La evaluación de las solicitudes se realizará de acuerdo con lo previsto en la Base 4 y de manera independiente para cada una de las tres categorías previstas en los siguientes apartados de este programa:

 

  • a): Máster Universitario.
  • b): Máster enseñanza del español como lengua
  • c): Máster Escuela Diplomática de España.

La Comisión de Valoración podrá contar, en la primera fase, con el asesoramiento del personal perteneciente a las Embajadas de España y de las Unidades de Cooperación en el exterior de la AECID para evaluar:

  1. El currículum del solicitante, acreditativo de su nivel de excelencia y de su potencial en su área de actividad (máximo 1 punto).
  2. Idoneidad del candidato, que garantice el máximo grado de conexión entre el puesto de trabajo que desempeña y el perfil formativo del Máster (máximo 2 puntos).
  3. Impacto de retorno del conocimiento adquirido (máximo 3 puntos).

 

La puntuación mínima para pasar a la segunda fase será de 4 puntos.

 

La Comisión de Valoración, en la segunda fase, podrá contar con el asesoramiento técnico de los Departamentos Geográficos y Sectoriales de la AECID y con personal de la Escuela Diplomática para evaluar:

 

  1. La adecuación de la solicitud con las líneas de acción en las que se enmarcan las actuaciones de la Cooperación Española según el V Plan Director de la Cooperación y el interés para las relaciones internacionales de España (máximo 5 puntos).

 

La Comisión de Valoración, en función de la disponibilidad presupuestaria, propondrá la concesión de las becas a los solicitantes con mayor puntuación en la segunda fase y elaborará una lista de suplentes por orden de puntuación de acuerdo con lo siguiente:

 

  • Apartado 2.1.a): Master
  • Apartado 2.1.b): Máster de enseñanza del español como lengua
  • Apartado 2.1 c): Máster Escuela Diplomática de España.

 

  • Toda la información en este enlace:

https://www.aecid.gob.es/es/Paginas/DetalleProcedimiento.aspx?idp=369

  • Contactos

Departamento: Departamento de Cooperación Universitaria y Científica

Teléfonos: Programa MÁSTER: (+34) 91 583 83 02

Dirección postal: Av. de los Reyes Católicos, 4, 28040 Madrid

E-mail: becasmae@aecid.es

tatiana.cabezas@unach.edu.ec

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