Deberes y atribuciones de la Coordinación de Admisión y Nivelación

Deberes y Atribuciones de la Coordinación de Admisión y Nivelación

Funciones (ROGOP)

Artículo23.-De los Deberes y Atribuciones de la Coordinación de Admisión y Nivelación. -Son deberes y atribuciones de la Coordinación de Admisión y Nivelación:

  1. Realizar estudios de análisis de las carreras de la institución en base a la demanda y oferta presentada a los aspirantes a la educación superior en los periodos académicos;
  2. Elaborar la oferta académica institucional con las carreras vigentes y la cantidad de cupos establecidos por periodo académico, considerando las fórmulas de distribución presupuestaria y la capacidad operativa institucional;
  3. Planificar eventos de promoción de la oferta académica vigente de grado, para asegurar el acceso de los estudiantes a la institución;
  4. Realizar promociones de la oferta académica de las carreras de grado vigentes de la UNACH, dirigido a los estudiantes de las instituciones de educación media y ciudadanía en general;
  5. Diseñar el Sistema de Admisión Institucional para el ingreso de los estudiantes aspirantes a la oferta académica de grado, vigente de la UNACH;
  6. Establecer y ejecutar el proceso de admisión a los aspirantes de la oferta académica vigente de grado de la institución, presentada por periodo académico;g.Inscribira los estudiantes que obtuvieron un cupo a una carrera de grado vigente en la institución en un periodo académico;
  7. Diseñar el Sistema de Nivelación Académica para los estudiantes que fueron admitidos en las carreras de grado vigentes de la UNACH, así como establecer los procesos de exoneración meritocrática;
  8. Matricular a estudiantes que obtuvieron un cupo y fueron admitidos para una carrera de grado vigente de la institución en un periodo académico, en el ámbito de su competencia;
  9. Planificar el desarrollo académico de los Cursos de Nivelación de Carrera para los estudiantes de grado de la institución;
  10. Gestionar y dar seguimiento a las actividades académicas de los cursos de nivelación de carrera desarrollados con los estudiantes de grado en la institución;
  11. Entregar nómina de estudiantes aprobados de los cursos de nivelación a las carreras para el proceso de matriculación en primer semestre;
  12. Analizar los indicadores de impacto, resultado de los programas y proyectos a cargo de esta Coordinación;
  13. Resolver las solicitudes que versen sobre: cambios de paralelo, ingresos por pérdida por segundas matrículas en cursos de nivelación, retiros, y demás actuaciones del quehacer académico cotidiano de los cursos de nivelación de carrera u otras modalidades de nivelación que se establecieren, a fin de motivar su resolución requerirá los informes técnicos, académicos y/o jurídicos que considere necesarios;
  14. Resolver las solicitudes de licencias con y sin remuneración, comisiones de servicio con o sin remuneración y permisos imputables o no a vacaciones, del personal académico y administrativo a su cargo, en los casos y condiciones aplicable en la normativa en cada régimen laboral, observando las disposiciones y límites que establece el estatuto institucional en este efecto;
  15. Ejercer los deberes y atribuciones que le sean debidamente delegados por el Rector o el Consejo Universitario, y suscribir los actos o instrumentos que se deriven por efecto de estas delegaciones;
  16. Poner en conocimiento del Consejo Universitario, acciones, hechos u omisiones que generen indicios del cometimiento de faltas conforme el régimen disciplinario establecido en el Estatuto Institucional;
  17. Asistir a las sesiones, reuniones e invitaciones del Consejo Universitario y de las comisiones institucionales a las que sea debidamente convocados;
  18. Prestar asistencia técnica y operativa a todos los niveles de gestión institucional en los ámbitos de su competencia;
  19. Generar y proponer políticas, proyectos, reglamentos, procedimientos, prácticas, directrices y demás normativa para los procesos de Admisión y Nivelación;
  20. Elaborar, ejecutar, controlare informar el cumplimiento del Plan Operativo de Admisión y Nivelación;
  21. Ejercer el liderazgo de la gestión de la calidad en la unidad a su cargo, de acuerdo a las directrices emitidas desde la coordinación de la Gestión de la Calidad Institucional;
  22. Levantar, revisar y legalizar la información de los procesos; subprocesos; procedimientos; productos y servicios a cargo de Admisión y Nivelación;
  23. Manejar los sistemas informáticos establecidos por los organismos rectores o institucionalmente, que correspondan a los procesos de su competencia y realizar la carga oportuna de la información requerida;
  24. Realizar informes y reportes solicitados por las autoridades, líderes de procesos, organismos rectores y de control en el ámbito de las competencias de la unidad orgánica;
  25. Controlar la asistencia y permanencia en el sitio de trabajo de los servidores públicos de la dependencia de acuerdo a los horarios establecidos;
  26. Las demás atribuciones y responsabilidades afines a la misión de la unidad orgánica, las establecidas en el ordenamiento jurídico vigente y las legítimamente emanadas por Consejo Universitario y el Rector de la UNACH acorde a sus atribuciones y responsabilidades en el ámbito de cada una de sus competencias;