La Comisión de Investigación y Vinculación de la Universidad Nacional de Chimborazo (UNACH), amparada en los Artículos 36 y 156 de la Ley Orgánica de Educación Superior vigente, invita a los señores/as docentes e investigadores/as titulares a tiempo completo de la UNACH, a postular para el otorgamiento de BECAS para estudios Doctorales que la Institución entrega al personal académico titular con fines académicos y con el objetivo de realizar sus estudios de Cuarto Nivel: DOCTORADO/PhD, en el Ecuador o en el exterior, el mismo que se lo realiza en función del Plan de Actualización Científica y Perfeccionamiento del Personal Académico vigente conforme así lo estipula el REGLAMENTO PARA EL OTORGAMIENTO DE BECAS, LICENCIAS, COMISIONES DE SERVICIO Y PERÍODO SABÁTICO, DESTINADOS AL PERFECCIONAMIENTO DEL PERSONAL ACADÉMICO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE CHIMBORAZO en su Artículo 4, lit. a).

 

La UNACH otorgará por concepto de BECA el apoyo financiero en función a los del Artículo 13 del Reglamento para el Otorgamiento de Becas, Licencias, Comisiones de Servicio y Periodo Sabático, destinados al Perfeccionamiento del Personal Académico de la Universidad Nacional de Chimborazo, para cubrir el costo que demanda la aprobación de los programas de estudio de Doctorado/PhD, el mismo que contemplará la cobertura de los rubros determinados en el Artículo 14 del Reglamento vigente, de acuerdo al tipo de beca que aplique.

 

Se apoyará económicamente, según la disponibilidad presupuestaria y los montos máximos de así ser procedente, a profesores o investigadores, cuando realicen estudios correspondientes a Doctorado/PhD en el área afín en que desempeñan la docencia o la investigación preferentemente en base a la priorización de formación y contratación de docentes con grado PHD vigente, cuyo sustento requerirá de un informe técnico de diagnóstico para el efecto, en universidades del exterior o nacionales debidamente certificadas por el Organismo de Educación Superior del Ecuador (SENESCYT), así como la certificación de acreditación del Programa Doctoral otorgado por la Institución de Educación Superior.

 

Recepción de Solicitudes. – Los aspirantes a las becas, presentarán su postulación, mediante una solicitud con derecho de todo trámite dirigida al Presidente de la Comisión de Investigación y Vinculación (Vicerrector de Investigación Vinculación y Posgrado), instancia que analizará la documentación correspondiente en base a los requisitos establecidos en el Articulo 15 del Reglamento de Becas Reformado y determinará la calificación, de ser pertinente.

 

Requisitos. – Los postulantes para obtener el beneficio de beca para estudios de Doctorado/PhD, deben ser profesores e investigadores titulares a tiempo completo, y  presentar una solicitud dirigida al Presidente/a de la Comisión de Investigación y Vinculación, adjuntando los siguientes requisitos:

 

a. Documento oficial que otorga la universidad de acogida, en la que conste la aceptación y/o certificación de matrícula en el programa de doctorado, la misma que deberá cumplir las condiciones establecidas en el Reglamento de Doctorados, Reglamento de Títulos Académicos Obtenidos en Instituciones Extranjeras y Reglamento para Reconocimiento de Títulos Expedidos en el Ecuador, emitidos por los organismos de control de la educación superior respectivos a la fecha de postulación, o pertenecer a países con los que el Ecuador tiene convenio de reconocimiento de títulos de cuarto nivel;

b. Certificación emitida por la institución de educación superior de acogida, que contenga la información específica del programa, en el que incluya: Malla curricular, cronograma de actividades, duración, fecha de inicio y de terminación y titulación, modalidad de estudios, título que otorga; además si éste título es oficial y costos del programa;

c. Normativa correspondiente que regule el doctorado de la universidad que oferta el programa de estudios certificada o desagregada;

d. Documentación emitida o desagregado de la página web de la SENESCYT que acredite que el título a obtener en la universidad extranjera a la que postula, es válido para el ejercicio de la docencia, investigación y gestión en instituciones de educación superior en Ecuador.

e. Certificado concedido por la Dirección de Evaluación para el Aseguramiento de la Calidad Institucional de la UNACH de haber obtenido un promedio no menor al 80 por ciento en la evaluación del desempeño del docente e investigador universitario en los dos últimos períodos académicos inmediatamente anteriores al período en que se solicita la beca, como personal académico titular de la UNACH u otra Institución de Educación Superior;

f. Fotocopia a color de la cédula de ciudadanía y del certificado de votación vigente;

g. Certificación otorgada por la Dirección de Administración de Talento Humano, en la que se determine: la condición de profesor o investigador titular a tiempo completo de la UNACH; que el postulante no ha sido sancionado por faltas disciplinarias en los últimos 3 años y de no encontrarse en período de devengación;

h. Certificación emitida por el Decano de la Facultad, en la que conste que los estudios y la investigación a realizar se encuentren vinculados al campo en el que desarrolla las actividades académicas, cuando quien postule sea el decano de la facultad, la certificación será otorgado excepcionalmente por parte del Subdecano de la unidad académica a la que pertenece.

i. Certificación del Director de Investigación en la que conste que el programa de doctorado tiene relación con los dominios institucionales y líneas de investigación de la UNACH;

j. Certificación emitida por la Dirección Financiera de no mantener obligaciones económicas pendientes con la UNACH;

k. Certificados que acrediten la participación en los últimos 3 años en: proyectos de investigación, o un grupo de investigación activo reconocido por la institución, o producción científica al menos 3 publicaciones científicas registrada en la Dirección de Investigación y que respondan a las líneas de investigación de la UNACH;

l. Declaración Juramentada otorgada por el profesor o investigador postulante ante Notario Público de su elección, de que sus estudios de doctorado no están siendo financiados mediante beca o ayuda económica concedida por otra institución pública o privada nacional o internacional; no mantener obligaciones vencidas o glosas con instituciones del sector público, tanto como deudor y/o garante; no ser contratista incumplido o adjudicatario fallido del Estado; no adeudar más de dos pensiones alimenticias; no cursar un programa de estudios que otorgue un título no oficial y/o no acreditado en su país de origen, así como que a la fecha de su postulación se encuentra apto para cumplir con el periodo de devengación en caso de ser adjudicatario de beca doctoral; y que toda la documentación presentada para su postulación es verídica;

m. Certificación otorgada por Secretaría General en la que conste que el Consejo Universitario no ha resuelto terminación unilateral de contrato o convenio por beca, licencia, comisión de servicios con el postulante.

n. Instrumento de cooperación suscrito para el cofinanciamiento parcial de becas conjuntas destinadas a la formación Doctoral PhD., o su equivalente.

o. Informe técnico de la Dirección Financiera- Gestión de Tesorería, verificando que no se incurra en gastos que ya estén cubiertos totalmente por la contraparte del cofinanciamiento cuando se trate del cofinanciamiento parcial de becas conjuntas destinadas a la formación Doctoral PhD., o su equivalente.

 

Verificación. – (Reglamento para el Otorgamiento de Becas, Licencias, Comisiones de Servicio y Periodo Sabático, destinados al Perfeccionamiento del Personal Académico de la Universidad Nacional de Chimborazo, Art. 18 (…) El postulante deberá garantizar la legitimidad, validez y veracidad de la información suministrada para el otorgamiento de la beca, a través de la declaración juramentada, conforme al Artículo 15, literal m) de este Reglamento.

No obstante, la UNACH, de considerarlo necesario, comprobará la veracidad de los documentos y de los datos consignados en la solicitud. Si se presumiere falsedad o alteración de la documentación suministrada por el postulante, su trámite será rechazado, previo derecho a la defensa del postulante; sin perjuicio de las acciones disciplinarias y su remisión a la Fiscalía General del Estado de conformidad con la Ley.

 

Adjudicación. – (Reglamento para el Otorgamiento de Becas, Licencias, Comisiones de Servicio y Periodo Sabático, destinados al Perfeccionamiento del Personal Académico de la Universidad Nacional de Chimborazo, Art. 19 (…) El Consejo Universitario en función del dictamen favorable emitido por la Comisión de Investigación y Vinculación y la aprobación del informe respectivo del Vicerrectorado de Investigación, Vinculación y Posgrado, mediante resolución motivada, aprobará la adjudicación de becas a los postulantes que consten en dicho informe.

De la resolución del Consejo Universitario, el postulante podrá solicitar de forma motivada y sustentada aclaración, rectificación o subsanación, dentro de los tres días hábiles posteriores a la notificación ante el mismo organismo que lo emitió, cuya resolución causará estado.

El Consejo Universitario no tramitará ningún reclamo que sustente la inconformidad del postulante en cuestiones de políticas financieras o cuando el presupuesto asignado para el efecto sea imposible de ejecutar.

 

DE LA POSTULACION:

Los docentes e investigadores que cumplan con los requisitos y especificaciones determinadas en la presente convocatoria deberán presentar la documentación en original, certificada, notariada o apostillada según corresponda y conforme a lo que determina art. 194 del Código Orgánico General de Procesos como norma supletoria para garantizar la legitimidad de la documentación e información para la concesión del otorgamiento del presente beneficio.

Para el efecto se deberá ingresar cada requisito debidamente numerado a través de la U Virtual ( https://uvirtual.unach.edu.ec/ ) Sistema de Becas de Posgrado, según el proceso de inducción que se ejecutará para los aspirantes a este beneficio.

 

CRONOGRAMA:

ACTIVIDAD

FECHAS

RESPONSABLES

Convocatoria

Depende de la resolución del Consejo Universitario (15 de Julio de 2021)

Comisión de Investigación- Consejo Universitario

Inducción carga de información

11 de agosto de 2021

Vicerrectorado de Investigación, Vinculación y Posgrado-CODESI.

Postulaciones

16 de agosto al 15 de septiembre de 2021 (ON LINE Uvirtual unach)

Docentes e investigadores titulares a tiempo completo que cumplan con los requisitos de la convocatoria y el Reglamento de Becas (…)-CODESI. Para consultas técnicas o requerimientos propios de la Postulación contactarse a: favendano@unach.edu.ec; szuniga@unach.edu.ec

Designación de Comisión Ocasional

11 de agosto de 2021

Vicerrector de Investigación, Vinculación y Posgrado.

 

Revisión documentos por la Comisión ocasional

16 al 23 de septiembre de 2021

Comisión Ocasional designada

Entrega documentación en físico, para ratificar, convalidar o enmendar la información presentada y analizada por parte de la Comisión

ocasional postulantes cumplieron requisitos.

de los que los

16 al 20 septiembre de 2021

Comisión Ocasional designada

Aprobación de informe en Comisión de Investigación y Vinculación

24 de septiembre de 2021

Comisión de Investigación y Vinculación

Aprobación por parte del Consejo Universitario

27 al 30 septiembre de 2021

Consejo Universitario

Firma de contratos y pagarés

4 al 8 de octubre de 2021

Procuraduría

Adjudicación de recursos económicos.

Desde el 11 de octubre de 2021

Dirección Financiera

El presente cronograma podría ser modificado, en caso de necesidad institucional, caso fortuito o fuerza mayor que imposibilite ejecutarlo en las fechas señaladas.

RAZÓN: Documento estudiado y aprobado por la Comisión de Investigación y Vinculación, en sesión de fecha 07 de julio de 2021 con resolución No. 0136-CIV-07-07-2021